"EL ORDEN JERARQUICO DE APLICACION DE LAS NORMAS"
CONSTITUCION
Llamada también carta magna es la norma suprema de un estado de derecho soberano, es decir, la organización aceptada para regirlo. La constitución fila los limites y define relaciones entre los poderes del Estado como: poder legislativo, ejecutivo y judicial. Con sus ciudadanos, determino así las bases para su gobierno en tales poderes que se asientan. Para garantizar al pueblo sus derechos y libertades.
TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
Es un acuerdo entres ciertos sujetos de derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos juridicos y siendo diferente su denominación. Como acuerdo implica que sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyen un tratado internacional. Los tratados internacionales deben realizarse por escrito aunque pueden ser verbales. POR EJEMPLO: los gobernantes de cada país se reunen para ponerse de acuerdo con sus limites de pasies para no tener problemas con sus territorios
LEYES ORGANICAS
Una ley organica es aquella que se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias. Se oponen o distinguen de la ley ordinaria a nivel de competencias. Habitualmente para la aprobación de leyes orgánicas son necesarios requisitos extraordinarios como por ejemplo, mayoria absoluta o cualificada.
LAS LEYES ORDINARIAS
es la norma de rango legal , que suelen poseer requisitos extraordinarios para su aprobación y versan sobre materias especiales, de mismo rango jerárquico y distintas a nivel competencial óptico.
Su aprobación corresponde al Congreso, por mayoría simple, se puede realizar por votación en el pleno de la cámara, o por comisiones legislativas.
también son leyes ordinarias las dictadas por los órganos legislativos de los estados federados, territorios o comunidades autónomas que, dentro de un Estado federal, regional , tienen atribuida esta
capacidad.
NORMAS REGIONALES Y ORDENANZAS DISTRITALES
La norma regional, es aquella regla definida para regiones especificas, como actúa la norma andina, que se encarga de la notificación obligatoria de enfermedades de los animales ; norma para la protección y promoción se da de la libre competencia de la comunidad andina, actúa en y para el comercio y la movilización, para mantener la higiene de los porcinos. Ninguna ordenanza puede contradecir una norma establecida, ambas buscan una buena convivencia.
LOS DECRETOS Y REGLAMENTOS
Un reglamento es una norma jurídica de carácter general dictada por la Administración pública y con valor subordinado a la Ley, es un documento que especifica normas para regular las actividades de los miembros de una comunidad. Consiste en sentar bases para la convivencia y prevenir los conflictos que se pueden generar entre los individuos, también se le conoce como colección ordenada de reglas o preceptos.
Un decreto es un tipo de acto administrativo emanado del poder ejecutivo que, generalmente, posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes.
teniendo sus excepciones en casi todas las legislaciones, normalmente para situaciones de urgente necesidad, y algunas otras específicamente tasadas.
ORDENANZA
es un tipo de norma jurídica que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza por estar subordinada a la ley. se refiere a un mandato emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento. Por ese motivo, el término ordenanza también significa "mandato legal". Según los diferentes ordenamientos jurídicos, las ordenanzas pueden provenir de diferentes autoridades.
ACUERDOS Y RESOLUCIONES
Una resolución es una moción escrita por una Asamblea. Para largas o importantes mociones, aunque es a menudo mejor tenerlas escritas para que esa discusión sea más fácil o que así pueda ser distribuida por fuera del cuerpo, luego de su adopción. Tal resolución, cuando es certificada por la secretaría de corporación, da asesoramiento al otro lado de la transacción que la venta fue correctamente autorizada. también usa resoluciones para ejercitar uno de sus poderes que no es un poder legislativo.
Un acuerdo es una decision tomada en común por dos o más personas, una junta, asamblea , de organizaciones, instituciones, empresas públicas o privadas. Es la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos, es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan naciendo para las mismas obligaciones y derechos. Es válido cualquiera que sea oral o escrita, siempre que el consentimiento de los otorgantes sea válido y su objeto cierto, determinado, no esté fuera del comercio o sea imposible.
PODERES PUBLICOS
Poder público es la capacidad que tiene el estado para obligar a alguien a realizar un acto determinado. Es necesario para el funcionamiento de grupos sociales que confluyen en un espacio físico cualquiera. Se requiere de un orden y del establecimiento de reglas que permitan la convivencia humana, la cual se traduce en el ejercicio del poder. El poder nace como una necesidad de asegurar la convivencia humana, por lo tanto, si no hay orden y autoridad, se destruye la posibilidad de convivir y de interactuar en una sociedad para alcanzar la categoría de Estado.
CONSTITUCION
Llamada también carta magna es la norma suprema de un estado de derecho soberano, es decir, la organización aceptada para regirlo. La constitución fila los limites y define relaciones entre los poderes del Estado como: poder legislativo, ejecutivo y judicial. Con sus ciudadanos, determino así las bases para su gobierno en tales poderes que se asientan. Para garantizar al pueblo sus derechos y libertades.
TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
Es un acuerdo entres ciertos sujetos de derecho internacional y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos juridicos y siendo diferente su denominación. Como acuerdo implica que sean, como mínimo, dos personas jurídicas internacionales quienes concluyen un tratado internacional. Los tratados internacionales deben realizarse por escrito aunque pueden ser verbales. POR EJEMPLO: los gobernantes de cada país se reunen para ponerse de acuerdo con sus limites de pasies para no tener problemas con sus territorios
LEYES ORGANICAS
Una ley organica es aquella que se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias. Se oponen o distinguen de la ley ordinaria a nivel de competencias. Habitualmente para la aprobación de leyes orgánicas son necesarios requisitos extraordinarios como por ejemplo, mayoria absoluta o cualificada.
LAS LEYES ORDINARIAS
es la norma de rango legal , que suelen poseer requisitos extraordinarios para su aprobación y versan sobre materias especiales, de mismo rango jerárquico y distintas a nivel competencial óptico.
Su aprobación corresponde al Congreso, por mayoría simple, se puede realizar por votación en el pleno de la cámara, o por comisiones legislativas.
también son leyes ordinarias las dictadas por los órganos legislativos de los estados federados, territorios o comunidades autónomas que, dentro de un Estado federal, regional , tienen atribuida esta
capacidad.
NORMAS REGIONALES Y ORDENANZAS DISTRITALES
La norma regional, es aquella regla definida para regiones especificas, como actúa la norma andina, que se encarga de la notificación obligatoria de enfermedades de los animales ; norma para la protección y promoción se da de la libre competencia de la comunidad andina, actúa en y para el comercio y la movilización, para mantener la higiene de los porcinos. Ninguna ordenanza puede contradecir una norma establecida, ambas buscan una buena convivencia.
LOS DECRETOS Y REGLAMENTOS
Un reglamento es una norma jurídica de carácter general dictada por la Administración pública y con valor subordinado a la Ley, es un documento que especifica normas para regular las actividades de los miembros de una comunidad. Consiste en sentar bases para la convivencia y prevenir los conflictos que se pueden generar entre los individuos, también se le conoce como colección ordenada de reglas o preceptos.
Un decreto es un tipo de acto administrativo emanado del poder ejecutivo que, generalmente, posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes.
teniendo sus excepciones en casi todas las legislaciones, normalmente para situaciones de urgente necesidad, y algunas otras específicamente tasadas.
ORDENANZA
es un tipo de norma jurídica que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza por estar subordinada a la ley. se refiere a un mandato emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento. Por ese motivo, el término ordenanza también significa "mandato legal". Según los diferentes ordenamientos jurídicos, las ordenanzas pueden provenir de diferentes autoridades.
ACUERDOS Y RESOLUCIONES
Una resolución es una moción escrita por una Asamblea. Para largas o importantes mociones, aunque es a menudo mejor tenerlas escritas para que esa discusión sea más fácil o que así pueda ser distribuida por fuera del cuerpo, luego de su adopción. Tal resolución, cuando es certificada por la secretaría de corporación, da asesoramiento al otro lado de la transacción que la venta fue correctamente autorizada. también usa resoluciones para ejercitar uno de sus poderes que no es un poder legislativo.
Un acuerdo es una decision tomada en común por dos o más personas, una junta, asamblea , de organizaciones, instituciones, empresas públicas o privadas. Es la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos, es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan naciendo para las mismas obligaciones y derechos. Es válido cualquiera que sea oral o escrita, siempre que el consentimiento de los otorgantes sea válido y su objeto cierto, determinado, no esté fuera del comercio o sea imposible.
PODERES PUBLICOS
Poder público es la capacidad que tiene el estado para obligar a alguien a realizar un acto determinado. Es necesario para el funcionamiento de grupos sociales que confluyen en un espacio físico cualquiera. Se requiere de un orden y del establecimiento de reglas que permitan la convivencia humana, la cual se traduce en el ejercicio del poder. El poder nace como una necesidad de asegurar la convivencia humana, por lo tanto, si no hay orden y autoridad, se destruye la posibilidad de convivir y de interactuar en una sociedad para alcanzar la categoría de Estado.